Arzobispo de Villavicencio contraataca y pide sacar del mercado el libro ‘Este es el cordero de Dios’. Urbina asegura que su autor, Juan Pablo Barrientos, violó las leyes eclesiásticas.
8 de octubre de 2021
Por: Equipo Vorágine / Ilustración: Angie Pik
Urbina Pederasta

De las siete tutelas que ha interpuesto la Iglesia católica para censurar el libro Este es el cordero de Dios, seis le han dado la razón a su autor,  Juan Pablo Barrientos, y otra espera sentencia.

Tres de esas tutelas fueron acumuladas en el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Villavicencio, cuyo juez, Néstor Andrés Villamarín Díaz afirmó que ni los sacerdotes ni la Arquidiócesis de Villavicencio presentaron pruebas para controvertir la denuncia del libro: “ningún elemento de juicio fue allegado para demostrar que las expresiones del periodista eran falsas o que desdeñaban la versión de los hechos, tal abandono argumentativo y probatorio apareja de entrada que su duelo no tenga eco en sede de tutela”.

Lo que sí presentó monseñor Óscar Urbina Ortega, arzobispo y expresidente de la Conferencia Episcopal de Colombia, fue un memorial que descalifica el libro: “carece de sustento fáctico y jurídico”; defiende a los sacerdotes mencionados en la investigación periodística: “están en indefensión frente a la grave vulneración de sus derechos fundamentales, grave daño que se extiende a la Iglesia católica”; y ataca al autor: “quien pudo incurrir en algún delito es el periodista Barrientos Hoyos”.

Urbina también se quejó ante el juez porque su nombre apareció en el noveno capítulo de Este es el cordero de Dios, donde un hombre denuncia que el arzobispo lo abusó sexualmente cuando era niño y en plena confesión. Dice además que sus derechos fundamentales se han visto afectados porque, con pruebas, se le señala de haber encubierto a sacerdotes pederastas y de su cercana relación con el condenado exalcalde de Cúcuta Ramiro Suárez Corzo.

El libro cuenta la historia de Pedro, quien denuncia que desde su niñez fue abusado sexualmente e inducido a la prostitución por treinta y ocho sacerdotes de la Arquidiócesis de Villavicencio, Diócesis de San José de Guaviare, montfortianos y franciscanos. Su historia tuvo eco porque dos mujeres conformaban la comisión que, por orden papal, crearon todos los obispos del mundo para que los sacerdotes no violen niños. Ellas, con pruebas en mano, se enfrentaron a monseñor Urbina, quien desde 2010 venía encubriendo a curas pederastas.

El arzobispo de Villavicencio no escatimó palabras para defender a los sacerdotes que él mismo suspendió por la denuncia de Pedro y dijo que “la información publicada no es veraz e imparcial, se trata de imputaciones falsas y sesgadas, que no son producto de un proceso de investigación ético, que vulneran los derechos de los accionantes, los propios y los de las demás personas en contra de quienes se hacen serios señalamientos sin que siquiera fueran formalmente imputadas, menos acusadas o condenadas penalmente”.

El alto prelado aprovechó la intervención en la tutela que presentó uno de los curas denunciados en el libro para que el juez lo reconociera como víctima, reclamando protección con efectos inter comunis, es decir, que los efectos de la sentencia lo cobijaran a él.

No contento con eso, y como si el derecho canónico estuviera por encima del derecho ordinario, el otrora todopoderoso presidente del episcopado colombiano acusó a Barrientos de desconocer la reserva del sumario de la “jurisprudencia e incluso las disposiciones canónicas”.  Y concluyó con una petición de censura “se ordene al periodista abstenerse de hacer alguna otra publicación en el medio de comunicación Vorágine”.

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Los argumentos del juez

El juez Andrés Villamarín no aceptó los argumentos de la Iglesia católica y sentenció que el libro es el resultado de un trabajo periodístico: “debe precisarse que pese a la orfandad probatoria, el extremo demandado sí logró mostrar la exceptio veritatis o mejor, que lo escrito proviene de fuentes de su investigación, que su verificación es razonable”.

Villamarín reprende la defensa de Urbina según la cual si no existe una imputación o una condena de tipo penal, entonces no se puede informar al respecto. Para esto, el juez cita la sentencia STC 734-2021 que dice que los ciudadanos “tienen derecho a denunciar públicamente los hechos y actuaciones irregulares de los que tengan conocimiento en virtud de su función, por lo que no están obligados a esperar a que se produzca un fallo para comunicar al respecto (….) por cuanto no puede existir un monopolio sobre la verdad en cabeza del sistema jurídico”.

En la sentencia, el juzgado insiste en que los curas y el arzobispo Urbina no lograron “probar que la información publicada fuera falsa o errónea. En cambio, el demandado, sí mostró la mínima diligencia que la confección de la obra literaria ameritaba”, la cual “no parte de suposiciones o artificios mentales, sino de una labor investigativa”.

Termina el fallo con una aclaración muy obvia, pero necesaria: “el goce del derecho a opinar o informar no se supedita a que exista un fallo condenatorio o absolutorio”. Y añade: “es inviable que el fallador de tutela pueda restringir el derecho a opinar e informar propio de la labor periodística”.

Los tres sacerdotes que interpusieron las tutelas que fueron acumuladas en esta sentencia son Carlos Julio Beltrán Gutiérrez, Wilson Alirio Sandoval Niño y Fernando Rodríguez Lozano. Las otras tres tutelas falladas a favor de Barrientos y de Editorial Planeta fueron presentadas por los curas Ricardo Eduardo Calderón Sánchez,  José Guillermo Sánchez Martínez y Rafael Julio Cárdenas Palencia en los juzgados Segundo Promiscuo Municipal de Acacías, Meta; Segundo Civil Municipal de Villavicencio; y Octavo Penal Municipal de Villavicencio.

Al cierre de esta nota no se ha conocido la notificación de la tutela que interpuso el sacerdote Jesús Rafael Sierra González.

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