Vorágine revela documentos que prueban que la esposa del expresidente quería legalizar la propiedad de dichos terrenos con una demanda.
3 de septiembre de 2020
Por: Investigación, texto e ilustraciones: Equipo Vorágine
Lina Moreno de Uribe

No por ser graduada en filosofía y letras Lina Moreno de Uribe es ajena a los negocios. Leer literatura no es lo único a lo que se dedica la exprimera dama de la Nación. La esposa del expresidente Álvaro Uribe Vélez es quien maneja las finanzas de una de las familias más poderosas del país.

De hecho, es ella quien actúa como representante legal y gerente de Agropecuaria El Ubérrimo S.A.S., empresa que administra la hacienda en la que justamente Uribe ha estado detenido por el proceso que la Corte Suprema de Justicia le seguía por posible compra de testigos y fraude procesal, que ahora está en manos de la Fiscalía.

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El Ubérrimo, según ha dicho varias veces el expresidente, no tiene más de 1.500 hectáreas; diez veces más grande que el Parque Metropolitano Simón Bolívar de Bogotá. Las propiedades de la familia Uribe Moreno se han ido expandiendo a lo largo de las últimas décadas en una zona en donde la titularidad de la tierra es, en muchos casos, espuria y brumosa.

Vorágine encontró al menos un terreno baldío que fue apropiado y ha sido usufructuado desde hace más de siete años por Moreno de Uribe a través de El Ubérrimo S.A.S.

Hay que decir que los predios baldíos son de la Nación y, según la ley, estos solo podrían ser eventualmente adjudicados a comunidades campesinas, afros o indígenas cuyo patrimonio no sea superior a los 1.000 salarios mínimos, entre otras restricciones.  

El lote que El Ubérrimo S.A.S. ocupó y en el que ha venido ejerciendo acciones de dueño es conocido como Laguito 2 y tiene una cabida de ocho hectáreas (80.000 metros cuadrados), más 3.400 metros cuadrados con sus mejoras y anexidades. Está ubicado en el municipio de San Carlos, en Córdoba.

Laguito 2 colinda por el norte con una propiedad de un hombre llamado Carlos Yáñez y con la carretera a Montería; por el sur limita con predios de Eunice del Castillo de Sierra; por el oriente, de nuevo con Yáñez, y por el occidente con tierras de Benicio Torres y Luis Martínez.

Estos linderos fueron tomados de la escritura pública 1.737 del 20 de septiembre de 1988. Laguito 2 cuenta con matrícula inmobiliaria No. 143-13222 de Cereté, Córdoba. El predio tiene el registro catastral No. 236580003000000009005 de San Carlos, en ese mismo departamento.

Lina Moreno de Uribe no solo ha ocupado y explotado económicamente esta tierra sino que ha querido legalizar la propiedad. Justamente por esa razón, la exprimera dama interpuso una demanda el 19 de marzo del 2019 ante el juzgado promiscuo municipal de San Carlos.

La intención de Moreno de Uribe era reclamar la propiedad de la tierra con base en la prescripción adquisitiva extraordinaria del dominio, una figura mediante la cual un ciudadano podría hacerse con un bien inmueble solamente acreditando su posesión ininterrumpida y sin necesidad de mostrar título de propiedad alguno. Con la buena fe le bastaría.

Mediante el escrito radicado en el juzgado, El Ubérrimo S.A.S. demandó a ocho personas y a todos aquellos sujetos indeterminados que pudieran reclamar algún derecho real sobre Laguito 2. Moreno de Uribe alegó haber tenido una posesión real y material del predio desde hace más de siete años. El lote en cuestión contaba con una escritura pública que se basaba en una declaración extrajuicio del año 1960 que, a juicio del abogado de Moreno de Uribe, configuraba una falsa tradición.

«Durante todo este tiempo ha ejecutado actos positivos, cumpliendo la función social que implica la propiedad, tales como cercarlos, plantarlo, cosecharlo en pasto, criar ganado, pagar impuesto y otros. Mi mandato no ha reconocido dueño durante este tiempo sino por el contrario se ha comportado como tal y es un hecho notorio en la región su calidad de propietario. El predio (…) se ha venido explotando económicamente tanto por los demandados como por la empresa que represento por más de siete (7) años y por parte de los antiguos poseedores desde el año 1960, ya que se han cultivado pastos, cercado, criado ganados de engorde y pecuarios, desarrollados en forma organizada y continua», se lee en la demanda que fue presentada a través del abogado de confianza de Moreno de Uribe, el señor José Corena Buelvas.

La acción judicial menciona que se incluyeron los recibos del pago electrónico del impuesto predial de la propiedad, con ficha predial ante el Instituto Geográfico Agustín Codazzi que certifica como propietarios a Juan Carlos, Carmen Helena y Miguel Ángel Salcedo Mendoza, de quienes sin embargo no aparece notificación alguna de la demanda. Tampoco existe algún pronunciamiento de ellos al respecto.

La matrícula inmobiliaria indica que Laguito 2 engloba cuatro lotes y que ha pasado de dueño en dueño por falsa tradición, es decir, sin haber un título de propiedad, solo con las escrituras que dan fe de la tenencia de esa tierra desde 1960 por parte de dos familias: la primera es la de una mujer de nombre Eunice del Castillo, que le vendió en 1991 a la familia Salcedo Mendoza.

El juez Alonso Pinto del municipio de San Carlos inicialmente admitió la demanda que interpuso el año pasado El Ubérrimo S.A.S. y ordenó su inscripción en el folio de matrícula inmobiliaria No. 143-13222, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cereté, Córdoba. El proceso iba ‘viento en popa’ para los intereses de Lina Moreno de Uribe y de El Ubérrimo S.A.S.

A los planes de la exprimera dama se le atravesó, sin embargo, una decisión de la registradora seccional de Instrumentos Públicos de Cereté, la señora María Stella García Pineda. El 3 de mayo de 2019, la funcionaria le envió un oficio al juez de San Carlos en el que le informaba de la suspensión del trámite «por prevención».

La registradora expuso dos argumentos. El primero tenía que ver con que el predio está en una «falsa tradición» desde sus inicios que no ha sido saneada, «por tanto no procede la pertenencia ya que se requiere que exista dominio y en este caso no lo hay». Y el segundo tuvo aún más peso y fue más contundente: «Es un baldío rural, le corresponde a la Agencia Nacional de Tierras su disponibilidad, de acuerdo a la Ley 160 de 1994».  

Y es que los baldíos no son tierras que se puedan entregar bajo la figura de la prescripción adquisitiva del dominio. Es la Agencia Nacional de Tierras (ANT) la que tiene la potestad de dichas adjudicaciones, y solo en casos especiales.

De acuerdo con la Sentencia T-488 de 2014 de la Corte Constitucional «los procesos de pertenencia adelantados por los jueces civiles no pueden iniciarse sobre bienes imprescriptibles» como los terrenos baldíos, pues estos son «inenajenables», lo que quiere decir que «están fuera del comercio y pertenecen a la Nación». Además, la imprescriptibilidad de los bienes baldíos es «garantía del interés público» y sirve para prevenir «solicitudes fraudulentas de pertenencia», según dictaminó la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema en una sentencia del 18 de julio de 2013.

Ante el oficio de la registradora García Pineda, el juez de San Carlos no tuvo otra opción que declarar, el 16 de diciembre del año pasado, la terminación anticipada de la demanda de El Ubérrimo S.A.S. El juez escribió en su decisión: «De todo esto se infiere que el predio que se pretende prescribir tiene la naturaleza de bien baldío».

Sin embargo, el juez no le ordenó a la ANT recuperar las tierras baldías del Laguito 2, las cuales no están en el inventario de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, según informó la seccional de esa oficina en Córdoba. «Por lo antes anotado, queda demostrado que el bien objeto de la demanda carece de dominio privado y por ello reviste la naturaleza de bien baldío y por ende es imprescriptible», dice en otro de los apartes el juez de San Carlos.

Vorágine se comunicó con la Agencia Nacional de Tierras (ANT) para saber si tienen ese baldío dentro de su inventario y para conocer qué acciones puede tomar el Estado frente a la apropiación de ese terreno, pues con la decisión del juez no quedó claro si Agropecuaria El Ubérrimo S.A.S. puede seguir explotándolo económicamente. Desde la ANT respondieron que en la entidad no tenían información sobre ese caso y aseguraron que investigarían al respecto para aclarar las dudas, pero esa labor tomaría varios días. Hasta el momento de publicación de esta investigación, la ANT no había dado una respuesta concreta frente a este cuestionamiento.

Un chat

Vorágine quiso conocer las respuestas de Lina Moreno de Uribe sobre el proceso del Laguito 2. Y esto dijo a través de  WhatsApp:

Vorágine: Le escribimos para hacerle un par de preguntas sobre un tema que estamos trabajando.

Lina Moreno de Uribe: Depende. Porque podría responderle como en las películas gringas “tengo derecho a permanecer callada pues todo lo que diga puede ser usado en mi contra”. También tendría que contarme cuál es el tema. 

Vorágine: Laguito 2, unas tierras baldías por las que usted interpuso una demanda de pertenencia.

Lina Moreno de Uribe: ¿Yo?

Vorágine: Sí, ante el juzgado Promiscuo de San Carlos, Córdoba. Nuestra pregunta es si después de la decisión del juez de suspender la demanda por tratarse de baldíos, ustedes van a devolver esas 8 hectáreas + 3.400 metros cuadrados. ¿Cómo sería el proceso?

Lina Moreno de Uribe: ¿Y la otra pregunta?

Vorágine: Las personas a las que usted demanda, ¿quiénes son?

Una llamada

Cinco minutos después, el expresidente Álvaro Uribe Vélez nos llamó para responder por la gerente y representante legal de El Ubérrimo S.A.S. Explicó que esas tierras fueron compradas de buena fe por la sociedad de su esposa y sus hijos a la familia Salcedo y que esa familia, a su vez, le había comprado a Pedro Sierra del Castillo y en eso nada tuvieron que ver campesinos. Dijo que a pesar de que la familia Salcedo se comprometió a legalizar las tierras, nunca lo hizo, por lo que decidieron comenzar la demanda de pertenencia, pero el abogado elegido por El Ubérrimo había tenido algunos problemas personales y de ahí la decisión del juez de San Carlos. 

Uribe agregó que le dieron poder al abogado Javier Mendoza para que saneara la situación. Al existir una escritura de 1960 en la que consta una falsa tradición de esa propiedad, argumentó el expresidente, el nuevo apoderado podría arreglar la pertenencia de esas tierras, consideradas hoy baldíos por parte de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cereté.

El exmandatario citó el artículo 48 de la Ley 160 de 1994, que dice que una tierra deja de ser baldía cuando haya sido adjudicada por el Estado o cuando tenga una escritura pública entre particulares anterior por lo menos 20 años a la ley, y dijo que ese era el caso del Laguito 2. Agregó que el abogado Mendoza se dispondría en los próximos días a llevar dicha escritura pública a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Montería para inscribirla en el folio de matrícula inmobiliaria. «Se supone que eso lo registran y cabe perfectamente en la ley de 1994», dijo Uribe.

Vorágine: En las consideraciones que hizo la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cereté está que el predio es un baldío.

Abogado Mendoza: El proceso finalizó con la decisión del juez de archivarlo, no significa que no podamos de manera inmediata retomar la actuación ahora con la apertura de la Oficina de Registro, de manera que podamos tener un folio corregido. Y este pronunciamiento de la registradora sustancialmente va a cambiar. Y uno podría proceder a legalizarlo a través de la prescripción.

Vorágine: En este momento no hay ninguna decisión que adjudique la pertenencia de esa tierra a favor de El Ubérrimo S.A.S.

Álvaro Uribe: Es que la empresa El Ubérrimo fue la que propuso esa prescripción y hubo esa falla y el proceso por eso se archivó, pero eso no obsta para poder volver a acudir saneando el formalismo. Si no existiera la escritura no habría posibilidad de nada, solo ir a reclamarle a esa gente y decirles, ‘vea, esto es baldío, reembólsele a Agropecuaria El Ubérrimo lo que pagó por eso’. Pero hay un hecho y es esa escritura de los años 60 que, al inscribirse, tiene que sanear el tema.   

Abogado Mendoza: Y si dado el caso en un momento determinado llegase a no ser posible el saneamiento, eso no tiene ningún problema, yo mismo acudo a la Agencia Nacional de Tierras y se lo entrego, eso no tiene ningún inconveniente, eso es muy sencillo.

Álvaro Uribe: Y ahí me toca a mí hacerle el reclamo a la familia Salcedo. Para que la familia Salcedo nos reembolse el dinero. Nosotros tenemos toda la voluntad para que ustedes puedan hacer el seguimiento, no tengan que hacer esfuerzos investigativos, nosotros les podemos contar todo. Déjenme que el doctor Mendoza adelante este proceso. 

El Ubérrimo y los baldíos

Esta no es la primera vez que queda en evidencia que la hacienda El Ubérrimo ha acudido a terrenos baldíos para extender sus dominios. En un informe del año 2017, la Contraloría General de la Nación instó a la ANT para que adelantara acciones judiciales con el fin de anular la venta de 322 predios de origen baldío en el país, entre los que se relacionaban once propiedades a nombre de El Ubérrimo S.A.S. Dichos bienes están ubicados en San Carlos y Montería, en Córdoba. 

El organismo argumentó ante la ANT que se debía cancelar la venta de un predio si se encuentran acumulación indebida de Unidades Agrícolas Familiares (UAF) o enajenaciones efectuadas por adjudicatarios originales sin el lleno de todos los requisitos legales. 

Ante el informe de la Contraloría, Uribe Vélez contestó en su momento: «En mi grupo familiar tenemos una explotación agropecuaria de aproximadamente 1.500 hectáreas. El contralor me denunció por una acumulación ilegal de 103 hectáreas que no conforman un predio físico, están en nueve adquisiciones. Todas fueron adjudicadas ajenas a mi familia o a mi persona. Las compras son legales y no constituyen acumulación ilegal por cuanto fueron adquiridas antes de 1994».

El misterio

Vorágine llegó a esta historia por algo muy misterioso que encontramos investigando en los procesos de la rama judicial. De manera sospechosa este caso aparecía como «Privado»; es decir, no se podía consultar. Interpusimos un derecho de petición, pero el juez de San Carlos se negó a entregar la documentación. Elevamos luego un recurso de insistencia y el juez Segundo Administrativo Oral del Circuito de Montería dio la orden de entregar la información. El juez de San Carlos se tomó su tiempo, y Vorágine le insistió pues ya había una sentencia judicial que nos daba acceso a la información, por lo que procedía un incidente de desacato. Forzado por la ley, el juez tuvo que entregar un expediente que nunca tuvo porque estar privado, pues no se trataba de información reservada ni protegida por la ley. Pasaron cuatro meses desde que se envió el derecho de petición hasta que el expediente se hizo público. Hoy, cualquier colombiano puede tener acceso a él.

Hace poco, en el sonado proceso por falsos testigos que se lleva en su contra, el expresidente Uribe aseguró que era su esposa Lina Moreno de Uribe la que se encargaba de manejar las finanzas de su familia. Y todo parecería indicar que es así. De hecho, ella es quien aparece como gerente y representante legal de Agropecuaria El Ubérrimo S.A.S., y ella es quien le entrega poder al abogado para interponer la demanda de pertenencia.

Sin embargo, y como se puede leer líneas atrás, la exprimera dama respondió con cordialidad los primeros mensajes, pero cuando se le preguntó puntualmente por los baldíos no volvió a contestar. Pasaron tan solo unos minutos para que el propio expresidente Uribe llamara al periodista de Vorágine que realizó la consulta. Al final de la primera llamada solo atinó a decir: «Yo le ruego, déjeme a mi señora quieta que aquí responde un abogado porque yo no quiero crearle esta mortificación a mi señora».

La responsable en el papel es Lina Moreno, pero quien manda es Álvaro Uribe.

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