20 de marzo de 2022
Por negarse a responder derechos de petición que preguntan por la trayectoria y las posibles denuncias por abuso sexual infantil contra sacerdotes, tres jueces de la República han fallado en las dos últimas semanas en contra de los arzobispos de Cali y Bogotá, y del obispo de Sonsón-Rionegro.
En los dos primeros casos se trata de los arzobispos Darío de Jesús Monsalve Mejía y Luis José Rueda Aparicio, quienes dicen defender los derechos humanos y son de una línea más progresista dentro de la jerarquía de la Iglesia católica. El tercer caso es el de monseñor Fidel León Cadavid Marín, quien decidió contratar al mismo abogado que contrató el arzobispo de Medellín y que hoy en día lo tiene, de nuevo, respondiendo ante la Corte Constitucional.
Y es que todo parte de una sentencia de la Corte Constitucional, la T/091-20, que obligó a monseñor Ricardo Tobón Restrepo, arzobispo de Medellín, a responder todos los derechos de petición que pregunten por datos semiprivados de sacerdotes, como sus trayectorias y las denuncias que haya recibido la Iglesia católica contra ellos por pederastia. Hasta el momento, 25 de 105 sacerdotes por los que la Arquidiócesis de Medellín ha respondido, han sido denunciados por abuso sexual infantil.
Un nuevo derecho de petición buscaba indagar por otros 915 sacerdotes, pero monseñor Tobón decidió ignorar el precedente constitucional de la Sentencia T/091-20 -que debe ser acatada pues es la última palabra en términos jurídicos- y no quiso responder la petición. Luego llegó una tutela adicional que fue fallada en primera instancia por el Juzgado 14 Civil del Circuito de Medellín y que le ordenaba a monseñor Tobón responder el nuevo derecho de petición porque ya existía una sentencia de la Corte Constitucional.
El arzobispo impugnó y el Tribunal Superior de Medellín, con una ponencia bastante exótica del magistrado de la Sala Civil Julián Valencia Castaño, revocó la decisión de primera instancia y decidió proteger los archivos secretos de la Arquidiócesis de Medellín, donde reposan las denuncias por pederastia contra sacerdotes. El magistrado Valencia Castaño fue secundado por sus colegas de sala Piedad Cecilia Vélez Gaviria y Juan Carlos Sosa Londoño.
Como los magistrados, al igual que el arzobispo de Medellín, decidieron ignorar el precedente constitucional de la Sentencia T/091-20, la Corte Constitucional intervino, de nuevo. Primero, fue el magistrado Jorge Enrique Ibáñez el que les insistió a sus compañeros en la selección del expediente porque, según él, la Arquidiócesis de Medellín no respondió el nuevo derecho de petición. Luego, las magistradas Diana Fajardo y Cristina Pardo seleccionaron para revisión la tutela que revocó el Tribunal Superior de Medellín. El expediente lo estudia la magistrada Gloria Stella Ortiz.
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Siguiendo el ejemplo de Tobón
El arzobispo de Medellín ha metido en bastantes aprietos a la Iglesia católica, no solo por los hechos comprobados de encubrimiento a decenas de sacerdotes pederastas, de los que ha salido impune con el apoyo del papa Francisco quien lo mantiene en la capital de Antioquia, sino también porque abrió un boquete en la Corte Constitucional que hoy tiene a los altos jerarcas respondiendo ante los jueces de la república. Los arzobispos de Cali, Bogotá y el obispo de Sonsón-Rionegro decidieron seguir su ejemplo.
El primero fue el arzobispo de Cali, monseñor Darío de Jesús Monsalve Mejía, quien se negó a responder un derecho de petición que preguntaba por 627 curas, porque, según él, Vorágine no es un medio serio u objetivo. La jueza 13 Civil del Circuito de Cali le dio 48 horas al arzobispo Monsalve para que respondiera, pero no lo quiso hacer. Tampoco impugnó la sentencia. La jueza inició un incidente de desacato que podría terminar con el arresto o una sanción económica contra monseñor Monsalve.
Luego fue el arzobispo de Bogotá y presidente de la Conferencia Episcopal, monseñor Luis José Rueda Aparicio, quien se negó a responder un derecho de petición que preguntaba por 927 sacerdotes. Muy convenientemente, monseñor Rueda entregó los nombres de los seis sacerdotes que la Arquidiócesis de Bogotá ha suspendido o expulsado en los últimos meses para evitar responder sobre todos los sacerdotes que han tenido relación con esa jurisdicción eclesiástica.
Pero no solo eso, el arzobispo dijo en la respuesta al derecho de petición que en Bogotá no existe un archivo secreto, en el que reposen las denuncias por pederastia contra sacerdotes. Como la Iglesia católica sigue el derecho canónico a rajatabla y este ordena tener un archivo sobre cada sacerdote, surgen entonces dos hipótesis: o el arzobispo más importante de Colombia está mintiendo o ya destruyó el archivo secreto, como lo hicieron los obispos en Alemania. Ambas hipótesis constituyen un delito dentro del ordenamiento jurídico colombiano.
En primera instancia, el Juzgado 33 Civil de Bogotá le ordenó al arzobispo Rueda Aparicio responder el derecho de petición en 48 horas, pero en las consideraciones, dejó la puerta abierta para que el arzobispo solo complemente la información que entregó de los seis curas pederastas. Monseñor Rueda, en vez de obedecer la orden del juez y darle ejemplo a todos los obispos de Colombia, impugnó la sentencia.
El presidente de la Conferencia Episcopal no está solo. Monseñor Rueda Aparicio contrató a la prestigiosa firma DG&A Abogados para el trámite de esta acción de tutela. Al igual que los arzobispos de Medellín y Villavicencio, el de Bogotá estaría gastando millonarios recursos de las limosnas y los diezmos de los feligreses para pagar costosos bufetes de abogados y evitar responder por los curas pederastas.
Finalmente, el obispo de Sonsón-Rionegro, quien también contrató al mismo abogado que defiende a los arzobispos de Medellín y Villavicencio, se negó a responder por 485 sacerdotes. Según monseñor Fidel León Cadavid Marín, él no tiene porqué acatar una sentencia de la Corte Constitucional que solo obliga a responder a la Arquidiócesis de Medellín. Una acción de tutela fallada en primera instancia por el Juzgado Segundo Penal de Rionegro le ordenó a monseñor Cadavid responder el derecho de petición en un plazo de dos meses. Sin embargo, el obispo impugnó el fallo.
Para la Iglesia católica, el derecho canónico está por encima del derecho ordinario. Lo citan como fuente de derecho en las acciones constitucionales que enfrentan. Los altos jerarcas parecen estar por encima de la Constitución y la Ley. Bien decía monseñor Mauricio Vélez García, obispo auxiliar de Medellín, que los jueces que condenan a la Iglesia son ignorantes: “Para mí es un acto de profunda ignorancia cuando un periodista o cuando un juez o cuando alguien enmarcado en la ley dice: se condena a la Iglesia. ¡Por Dios! Eso es pura ignorancia, porque la Iglesia es divina. Y lo que es divino no puede ser juzgado por los hombres”.