27 de enero de 2021
La relación entre las iglesias y el dinero público en Colombia es tan estrecha como opaca. Las instituciones oficiales celebran contratos multimillonarios con fundaciones que están exentas de control fiscal y no están obligadas a demostrar cómo administran esos fondos. Los recursos públicos en manos de organizaciones religiosas son difíciles de rastrear, y esto impide verificar cualquier manejo irregular. Las iglesias en nuestro país disfrutan de una personería jurídica especial, otorgada por el Ministerio del Interior, que las libra de los requisitos legales establecidos para las entidades con fines de lucro.
Las iglesias además pueden ejecutar proyectos del Estado sin acudir a licitaciones ni rendir cuentas al fisco. Pero el andamiaje jurídico entorpece las acciones legales que podrían provocar sanciones. Por eso en la mayoría de los casos, cuando ocurre alguna irregularidad, solo procede la condena pública, el juicio ético y la indignación.
La Liga Contra el Silencio conoció un caso reciente. En septiembre de 2020 hubo un escándalo mediático por un contrato de 1.650 millones de pesos celebrado entre la administración de Luis Tete Samper, alcalde de Ciénaga, Magdalena, y la iglesia cristiana evangélica Nueva Jerusalem Apocalipsis 21.2. El objeto, según consta en el contrato, era la “promoción e implementación de estrategias para el desarrollo pedagógico en el municipio”.
Personas cercanas al partido Fuerza Ciudadana, opositores del movimiento De la Mano con el Pueblo, que lidera el alcalde Samper, denunciaron que en la contratación podía haber intereses particulares del alcalde. Según el alegato, la representante legal de esta iglesia es la pastora y periodista Yurissa del Castillo Romero, cuyo esposo, Víctor Polo Rodríguez, pastor de la misma iglesia, es director de Caracol Radio en Santa Marta. La denuncia en medios de comunicación locales describió esto como una forma de comprar información positiva en Caracol Radio sobre la gestión de Samper.
La información de este contrato, firmado el 5 de marzo de 2020, debía cargarse tres días después en el Servicio Electrónico de Contratación Pública (Secop), la plataforma digital de compras del Estado. Pero solo se formalizó el 6 de agosto del mismo año. La designación de esta iglesia, amparada por la ley, se hizo por contratación directa. Así la congregación cristiana se ganó el derecho de administrar 1.650 millones de pesos en labores pedagógicas sin participar en ninguna convocatoria pública, donde se valoraría su experiencia e idoneidad para ejecutar el contrato. En el Secop es el único contrato que aparece relacionado con la iglesia evangélica en los últimos años. Su representante legal sí figura como contratista pública en varias ocasiones, pero sólo en asuntos vinculados con su profesión.
El Sindicato de Trabajadores de la Educación del Magdalena no halló motivos para objetar esta contratación. “No importa lo que pensemos de esos contratos. Si denunciamos sin pruebas, esas acciones se revierten y terminan afectando a los denunciantes. Someterse a la jurisprudencia en ese terreno de las entidades religiosas y las públicas, es una pelea de tigre con burro amarrado”, dice César Cantillo Peralta, presidente del sindicato.
Cantillo reconoce que los maestros son contratados por las iglesias para desempeñar el mismo trabajo que harían siendo funcionarios públicos. Pero allí, según dice, no gozan de estabilidad laboral, les irrespetan el escalafón profesional, les pagan con retraso, no tienen derecho a la sindicalización y viven con temor de denunciar porque ponen en riesgo su único ingreso.
“En las zonas rurales de la Sierra Nevada, donde llegan esos programas impartidos por las iglesias, ante la ausencia del Estado, los maestros y los padres de familia ven a Dios en persona. Aunque sea injusto con el docente y se pierda la posibilidad de auditar los dineros públicos, es mejor eso que nada”, dice el sindicalista. Para Cantillo existe un sistema de gobierno que facilita una corrupción indemostrable. “Uno puede presumir intereses partidistas, pago de favores, sobreprecios, clientelismo. Pero es legal y no se puede actuar”, agrega.
En las consideraciones del contrato entre la Alcaldía de Ciénaga y La Nueva Jerusalem se lee: “Contratos a celebrarse con iglesias y confesiones religiosas se sujetarán a lo previsto en artículo 200 de la Ley 115 de 1994, razón por la cual, las entidades territoriales certificadas seleccionarán los respectivos contratistas, en forma directa … y sin necesidad de que el contratista se encuentre habilitado en el Banco de Oferentes de la entidad territorial –que es el listado de establecimientos educativos no oficiales con trayectoria e idoneidad para prestar el servicio educativo-, o de acudir a un proceso licitatorio”.
En su primer periodo como alcalde (2012-2015), Tete Samper suscribió contratos con otra iglesia, el Centro Bíblico Internacional Emanuel: uno por 1.419 millones y una adición de 709,5 millones por “servicios administrativos del servicio público educativo”.
La Liga contactó a Karen Villafaña, secretaria de Educación de la Alcaldía de Ciénaga, para conocer detalles de la adjudicación de los contratos pero no respondió hasta la publicación de este reportaje.
Otro contrato por 2.091 millones de pesos, también en Ciénaga, se celebró en 2016 entre Edgardo Pérez Díaz, entonces alcalde, y la iglesia Centro Cristiano Avivamiento AD para las Naciones, entonces representada legalmente por el empresario Luis Fernando Carrillo, investigado por la Fiscalía, en aquel momento, por delitos contra la administración pública, en ocasión de otro contrato celebrado con la misma entidad local para actividades ambientales.
En total, durante la alcaldía de Pérez Díaz (2016-2019) esta misma iglesia (que cambió de representante legal) fue beneficiada en Ciénaga con cuatro contrataciones directas que suman 6.249 millones. En 2016, el contrato ya mencionado; en 2017, uno por 1.302 millones; en 2018, otro por 1.571 millones; y en 2019, uno más por 1.284 millones. El objeto en todos es casi idéntico: “prestación de servicios educativos a través de la promoción e implementación de estrategias de desarrollo pedagógico en instituciones educativas oficiales de la zona rural alta” de Ciénaga.
A estos contratos se suma otro más, firmado en 2016 por 6.574 millones, con la Gobernación del Magdalena, también por “servicios educativos”.
Normas para los entuertos
“Las entidades sin ánimo de lucro son las más beneficiadas en los últimos años por su participación creciente en la contratación estatal. Entre enero de 2014 y julio de 2016 se destinaron 14,5 billones de pesos en la contratación con este tipo de entidades (…), la mayoría destinadas a labores en salud y educación. Estas entidades cuentan con dos ventajas frente a las entidades con ánimo de lucro: Por un lado son cobijadas por un régimen jurídico especial, y por otro se benefician por las exenciones del régimen tributario, lo que dificulta el control de la ejecución de los recursos públicos”, dice un informe del Grupo Interno de Análisis de la Auditoría General de la República (AGR) de 2016.
En la revisión de los contratos estatales con entidades religiosas, según este informe, no se advierte ninguna ilegalidad. Pero el documento sí señala varios peligros. “Debe advertirse la posibilidad de un riesgo real sobre la idoneidad de muchas de estas fundaciones, corporaciones y/o asociaciones en el cumplimiento de los objetos contractuales”, dice.
Nicolás Ardila, abogado especialista en derecho administrativo, estima que el concepto de la AGR sigue vigente, pues el marco jurídico no ha cambiado. Además explica que en estos contratos se deben cumplir varias etapas: “En la precontratación hay que demostrar que el contratista tiene idoneidad para cumplir con la infraestructura, el equipamiento, el capital, la experiencia y el perfil que se requiere para el proyecto. Pero eso no aplica para las entidades sin fines de lucro acogidas por la personería jurídica especial”, dice el abogado.
Ardila explica que lo más apetecido por los entes públicos es la figura de contratación directa, donde no se precisa licitación. Así se omiten varios de los pasos anticorrupción que dificultan el favorecimiento de contratistas con intereses particulares. Este proceso es más rápido y permite ejecutar recursos en plazos cortos.
Todos los contratos públicos deben estar publicados en el Secop tres días hábiles después de firmarse, pero muchas entidades religiosas contratan con el Estado a través de fundaciones, con lo cual se hace más difícil detectarlas a través de esos registros. Ardila comenta que las organizaciones religiosas obtienen su personería jurídica especial sin dificultades porque la norma es ambigua y permisiva. “Las iniciativas ciudadanas para la vigilancia de la gestión pública no tienen mucho que hacer porque los funcionarios públicos no están cometiendo nada que la ley no permita”, explica.
Con respecto al ámbito tributario, la Ley 20 de 1974 aprobó el Concordato del Estado colombiano con el Vaticano, y desde entonces la Iglesia católica ha sido considerada no contribuyente. Así se estableció que las propiedades eclesiásticas quedarían también exentas, incluidos los inmuebles destinados al culto, las curias diocesanas, las casas episcopales, curales y los seminarios. Con la Constitución de 1991, cuando Colombia pasó a ser un Estado laico, las exenciones se extendieron a otras entidades religiosas reconocidas por el Ministerio del Interior.
En su libro ‘Reconocimiento jurídico de las entidades religiosas en el derecho colombiano’, el académico Vicente Prieto explica que, según la Ley Estatutaria de Libertad Religiosa, el Ministerio de Interior es el que reconoce la personería jurídica a las iglesias, confesiones y denominaciones religiosas; sus federaciones, confederaciones y asociaciones de ministros, que lo soliciten a través del Registro Público de Entidades Religiosas. Sin embargo, el Ministerio no tiene funciones de vigilancia, control o inspección sobre ellas.
“En realidad las exenciones de impuestos a entidades religiosas son una especie del género ‘entidades sin ánimo de lucro’. Por tanto, en principio no se requeriría ninguna configuración jurídica “especial”. Pero (…) es necesaria cuando se aspira a celebrar convenios con el Estado”, explica Prieto en su libro.
La actualización más reciente del Registro Público es del 23 de noviembre de 2020, cuando había formalizadas 8.490 entidades religiosas con personería jurídica especial en Colombia.
Nicolás Carrero, experto tributario, opina que las iglesias deberían hacer algún tipo de contribución al fisco, porque “mueven bastante dinero” y nadie las controla. “No llevan facturas, no tienen un sistema contable, simplemente hacen una declaración de palabra que nadie puede cuestionar”, dice.
Ferney Rodríguez, representante legal de Bogotá Atea, dice que en seis años al frente de esta organización han atado cabos sueltos para detectar las modalidades de corrupción que se tejen entre instituciones públicas y organizaciones religiosas. “A las iglesias se les encomiendan labores de bienestar animal, salud, educación y hasta culturales; y a través de contratos se cumple con cuotas de cargos públicos para pagar favores políticos, se financian campañas y se favorece a los amigos del culto”, advierte el activista.
Un informe de Bogotá Atea sobre el estado de laicidad en Colombia señala que en la separación entre Estado e iglesias debe garantizarse que los dineros públicos no se destinen a sostener cultos ni al proselitismo religioso. “Pero en Colombia se siguen presentando casos en los que se destinan dineros para capellanías, misas masivas y conciertos evangélicos bajo el pretexto de defender la libertad religiosa, de la mano de la acción organizada de evangélicos y pentecostales en cargos de elección popular”.
La tajada católica
El 28 de febrero de 2020, el secretario general de la Alcaldía de Barranquilla, Carlos Alfredo Acosta, firmó un contrato con Pia Sociedad Salesiana Inspectoría San Luis Beltrán, por 5.528 millones de pesos, para la administración, dirección y orientación pedagógica en el Centro Social Don Bosco. El distrito entregó una infraestructura que el contratista se comprometió a cuidar y mantener, así como el equipamiento para educar a 2.950 estudiantes. El Estado asignó 1.874.000 pesos por cada cupo, y de ahí debe cubrirse el pago de los docentes, la seguridad social del personal, el mantenimiento de la infraestructura y los salarios de los trabajadores vinculados a la organización religiosa.
Pia Sociedad Salesiana registra en Secop 13 contratos en Barranquilla suscritos entre 2013 y 2020 (ocho con la Alcaldía y cinco con el Sena) que suman 28.375 millones de pesos.
Con la Fundación Fe y Alegría, la Alcaldía de Barranquilla suscribió un contrato por 2.985 millones de pesos en 2019, y otro por 116,4 millones de pesos en 2020. Con la Fundación San Carlos Borromeo para la Educación Popular y el Desarrollo Comunitario, el monto de otros dos contratos (contrato 1 y contrato 2) fue de 2.475 millones de pesos en 2019, y de 1.994 millones de pesos en 2020, para atender a 1.325 estudiantes por año.
Todos estos acuerdos se hicieron por contratación directa, sin pagar impuestos, con transacciones exentas de IVA y sin someterse a fiscalización o auditoría de los organismos de control.
José Ignacio Jiménez, presidente de la Asociación de Educadores del Distrito de Barranquilla, habla de “un negocio redondo”. Explica que el Distrito recibe en donación una infraestructura, la construye o la arrienda para que funcione ahí una escuela, y además la equipa. Pero no la administra, sino que la otorga en concesión a una entidad religiosa y paga ese servicio con el dinero que asigna el Estado.
Las fundaciones, dice Jiménez, ahorran dinero porque contratan a los maestros por un tiempo determinado, sin reconocer horas extras ni garantizar estabilidad laboral. “Uno puede presumir que además de rentable para ellos es conveniente para los políticos, porque financian sus campañas con dinero público sin que se pueda hacer seguimiento a ese dinero”, dice.
“Entre las fundaciones Fe y Alegría y San Carlos Borromeo en Barranquilla son contratados unos 140 maestros. Esas entidades religiosas son beneficiarias de unos contratos millonarios para hacer lo que debería hacer la administración pública. Es la tercerización de la educación”, dice el sindicalista.
En la plataforma Secop, Fe y Alegría aparece, entre 2011 y 2020, con otros contratos en Barranquilla: 15 con la Alcaldía y 49 con el ICBF. Sin contar los que ejecuta en otras regiones del país.
Por su parte, la Fundación San Carlos Borromeo, entre 2012 y 2020 suma 16 contratos adjudicados (15 con la Alcaldía y uno con el ICBF).
La Ley 1294 de 2009 establece que se pueden entregar en concesión los servicios educativos cuando la entidad pública no esté en capacidad de brindarlos. “Es una falencia de la ley que facilita la corrupción, porque el distrito de Barranquilla tiene la capacidad. Pero prefieren la vía fácil que deja dividendos para pagar favores políticos y enriquecimiento personal”, dice Jiménez.
Para obtener la versión de la Alcaldía de Barranquilla La Liga contactó a un miembro del equipo de prensa de la institución, pero no respondió.
Réplica en Santa Marta
Con la Fundación San José (católica), cuya representante legal es Alicia Valencia Vives, la Alcaldía de Santa Marta firmó en febrero de 2020 un contrato por 1.800 millones de pesos, para el trabajo pedagógico con estudiantes del Instituto de Educación Distrital San Francisco Javier, provenientes de los sectores vulnerables de Garagoa y Timayuí. En 2019 un contrato similar, por 1.596 millones de pesos, fue otorgado a la misma fundación por el exalcalde Rafael Martínez, de Fuerza Ciudadana, el mismo partido de Virna Johnson, la actual alcaldesa.
Desde 2014 hasta 2020 hay registros en el Secop de contratos suscritos cada año entre la Alcaldía de Santa Marta y la Fundación San José. En total son siete contratos que suman 8.945 millones de pesos.
Otros contratos de arrendamiento de inmuebles a la Diócesis de Santa Marta, celebrados entre 2019 y 2020, suman 430 millones de pesos.
El rabino Richard Gamboa, secretario general del Cabildo Interreligioso de Colombia, considera que las soluciones para proteger el dinero público han tardado. Además, dice, falta control fiscal y normas que garanticen transparencia y supervisión estatal sobre el cumplimiento de los contratos. Pero Gamboa piensa que es necesario usar un lenguaje jurídico cuidadoso y proceder con cautela, porque el análisis de esta situación de forma hostil podría estimular la ejecución de políticas discriminatorias hacia las iglesias. El desafío institucional implica ubicar un punto medio, entre el exceso que menciona el rabino y los privilegios laxos de hoy.