Harold Giovanni Casallas Triviño es un sacerdote de la Arquidiócesis de Medellín condenado por abuso sexual infantil en 2015. Hoy se encuentra prófugo de la justicia después de quedar en libertad gracias a un acuerdo entre Colombia y el Vaticano que fue declarado inexequible hace 29 años.
14 de enero de 2022
Por: Vorágine / Ilustración: Camila Santafé
Cura profugo

El sacerdote Harold Giovanni Casallas Triviño, condenado por abusar sexualmente de una niña de 11 años el 24 de diciembre de 2015, se encuentra prófugo de la justicia. Una segunda orden de captura fue emitida el 4 de enero de 2022.

Casallas Triviño es cura de la Arquidiócesis de Medellín desde el 2002, cuando fue ordenado sacerdote, pero desde 2015 trabajaba como formador y director espiritual en el seminario Redemptoris Mater de Bogotá. Este centro de formación es dirigido por los curas catecúmenos, una comunidad muy poderosa dentro de la Iglesia católica que tiene como máximo líder a un laico español, Kiko Argüello.

Tras conocer la denuncia contra el cura por violencia sexual a menor de edad, la Fiscalía no pidió la detención inmediata, como ocurre en este tipo de delitos, porque la Iglesia católica, citando el artículo XX del concordato entre Colombia y la Santa Sede que fue declarado inexequible en 1993, logró que el cura enfrentara el proceso penal en libertad y que, posteriormente, se escapara tras recibir la negativa de casación de la Corte Suprema de Justicia, es decir, la anulación de la sentencia.

El concordato es un tratado internacional que Colombia firmó con el Vaticano en 1973, y que les da todo tipo de beneficios a los curas. El artículo XX rezaba lo siguiente: “En caso de procesos penales contra clérigos y religiosos, conocerán en primera instancia, sin intervención de Jurado, los Jueces Superiores o quienes los reemplacen y en segunda, los Tribunales Superiores. Al iniciarse el proceso se comunicará el hecho al obispo, el cual no pondrá obstáculo al procedimiento judicial. Los juicios no serán públicos. En la detención y arresto, antes y durante el proceso, no podrán aquellos ser recluidos en cárceles comunes, pero si fueren condenados en última instancia se les aplicará el régimen ordinario sobre ejecución de las penas”.

El 14 de enero de 2019, cuando era inminente la condena de Casallas Triviño, Héctor Reyes Ballen, representante legal de una fundación llamada Caminos de Libertad, intervino en el proceso afirmando que su fundación pertenece a la Arquidiócesis de Bogotá, que fue establecida en 1997 y que tiene reconocimiento civil en virtud del concordato. Reyes le dijo al juez, en otras palabras, que en vez de la cárcel, si así lo consideraba, enviara a Casallas a una casa para pederastas, como lo cuenta Pablo Larraín en la película chilena El Club. Todas las diócesis del mundo cuentan con un lugar similar. En la Arquidiócesis de Medellín, por ejemplo, esta lujosa casa queda en Copacabana y se llama San Alberto Hurtado.

La intervención de Reyes Ballen llegó después de que monseñor Daniel Arturo Delgado Guana viajara desde Bogotá hasta Palmira y le pidiera perdón a la familia, de rodillas, según consta en el expediente judicial. Delgado Guana es uno de los pesos pesados de la Arquidiócesis de Bogotá, donde trabajaba el cura pederasta.

A pesar de que el artículo XX del concordato fue declarado inexequible hace 29 años, el juez Omar Fabio Saa Valencia del Juzgado Sexto Penal del Circuito de Palmira, Valle del Cauca, condenó el primero de marzo de 2019 al cura a 108 meses de prisión, “debiéndose señalar que el procesado no se encuentra privado de la libertad, en atención a este acuerdo y la República de Colombia, por ello el despacho hasta tanto no quede en firme esta decisión no adopta la decisión de enviarlo a una cárcel, como está establecido en el concordato”.

La Sala Penal del Tribunal Superior de Buga confirmó la sentencia el 2 de julio de 2019. El magistrado Álvaro Augusto Navia Manquillo y sus compañeros de sala no le vieron ningún problema a que el juez de primera instancia hubiera sustentado su decisión con base en  una norma inconstitucional y el cura siguió en libertad pues aún le quedaba la casación ante la Corte Suprema de Justicia, que le fue negada el 25 de agosto de 2021. Los magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema, con ponencia del magistrado Luis Antonio Hernández Barbosa, tampoco notaron el grave error de aplicar una norma declarada inexequible hace 29 años. 

Hoy el cura Harold Casallas está prófugo, luego de que el juez Saa Valencia, que lo condenó, también lo dejó en libertad amparado en una norma inexistente. Apenas el 3 de noviembre de 2021 el juez Saa ordenó, en vano, la captura del cura, la cual fue reiterada el primero de diciembre de 2021 por el juez de ejecución de penas. El pasado 4 de enero la justicia le pidió a la Policía, de nuevo, la captura del sacerdote pederasta de la Arquidiócesis de Medellín.

El caso de Casallas Triviño lo presentamos Vorágine y Connectas el 30 de noviembre de 2021 en la investigación titulada La lista que escondía la Iglesia de Medellín: los curas denunciados por pederastia y abuso sexual, que demostró que 43 sacerdotes de esa ciudad han sido denunciados por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes, y que al menos veinte siguen ejerciendo como sacerdotes, encubiertos y protegidos por el arzobispo Ricardo Tobón Restrepo.

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