El expresidente fue condenado a 12 años de prisión domiciliaria por una defensa basada en engaños, omisiones, testigos manipulados y un intento sistemático de culpar a Iván Cepeda sin pruebas contundentes.
31 de julio de 2025
Por: Mariana Guerrero / Ilustración: Angie Pik
El fallo contra el expresidente expuso versiones sin sustento, omisiones deliberadas, testigos reclutados bajo engaños y un intento sistemático de culpar a Cepeda de los ofrecimientos hechos en realidad por emisarios de Uribe.

La justicia no se arrodilló ante el poder y, el pasado 28 de julio, el expresidente Álvaro Uribe fue declarado culpable, convirtiéndose en el primer expresidente condenado penalmente en Colombia. La decisión en primera instancia lo halló responsable de dos de los tres delitos que le fueron imputados con una condena de 12 años de prisión domiciliaria. 

Lo que inició como una denuncia penal de Uribe por manipulación de testigos contra Iván Cepeda, en febrero de 2012, se revirtió seis años después cuando la Corte Suprema de Justicia archivó la denuncia y ordenó investigar al expresidente por ese mismo delito en colaboración de su abogado Diego Cadena. 

Tras ocho años de maniobras dilatorias, recursos y presión mediática, la jueza Sandra Heredia dictó sentencia. Halló culpable al exmandatario de soborno en actuación penal a tres exparamilitares: Juan Guillermo Monsalve, Carlos Enrique Vélez, alias ‘Víctor’, y Eurídice Cortés, alias ‘Diana’; y de haber incurrido en fraude procesal en el caso de Juan Carlos Sierra Ramírez, alias ‘el Tuso Sierra’, y del mismo Vélez.

Se trata de un fallo extenso, que no ahorró detalles en los argumentos para sustentar la condena. En su lectura, la jueza expuso con firmeza los “absurdos” a los que recurrió la defensa de Uribe: versiones sin sustento, omisiones deliberadas, testigos reclutados bajo engaños y un intento sistemático de culpar a Cepeda de los ofrecimientos hechos en realidad por emisarios del expresidente. Las contradicciones fueron tantas que el armazón jurídico uribista se desplomó. 

Los planetas se alinearon para “buscar la verdad”

Para febrero de 2018, la Corte Suprema de Justicia archivó la denuncia que Álvaro Uribe había interpuesto años atrás contra el entonces congresista Iván Cepeda y compulsó copias para que investigaran al expresidente. Además, era público que Juan Guillermo Monsalve, exparamilitar y cercano a la familia Uribe, había señalado en 2011 que el expresidente y su hermano Santiago estaban vinculados con la conformación del Bloque Metro de las Autodefensas Unidas de Colombia, el cual, según él, habría surgido en la hacienda Guacharacas, propiedad de la familia Uribe.

En ese contexto, y mientras la denuncia avanzaba en la Corte, la defensa de Uribe comenzó a contactar a exparamilitares con dos objetivos: contradecir las afirmaciones de Monsalve y otros testigos, y sostener que Cepeda los había visitado en prisión para ofrecerles beneficios a cambio de incriminar al expresidente. 

La jueza Sandra Heredia calificó como inverosímil la narrativa de la defensa: “Parece descabellado fabular que los planetas se alinearon en el mismo año, en el mismo mes, para que Enrique Pardo Hasche, Victoria Eugenia Jaramillo Ariza, Ricardo Nicolás Williamson, Rodrigo Vidal Perdomo y Diego Javier Cadena Ramírez, al unísono, buscaran ayudar a Juan Guillermo Monzalve Pineda para que este limpiara su conciencia diciendo la verdad y resolviera su situación jurídica. Justo cuando el señor Uribe Vélez se hallaba en un momento decisivo, no solo por la época electoral, sino porque se debatía en la Corte Suprema de Justicia el destino de la denuncia formulada en contra de Cepeda Castro. Y esta es una situación que pretenden hacer creer que el señor enjuiciado no conocía”.

Heredia cuestionó también la lógica de que personas sin vínculos entre sí decidieran, por iniciativa propia, asumir gastos, hacer recorridos por cárceles, visitar sedes de campaña o hablar con desconocidos, todo con el fin de que un recluso “dijera la verdad”. A juicio del juzgado, resulta igualmente insostenible creer que estas personas estaban tan seguras de que la conversación entre Monsalve y Cepeda en 2011 era falsa, y que, en vez de acudir a mecanismos legales para denunciarlo, optaran por el camino “más espinoso”.

En esa misma línea, Heredia encontró inconsistencias en testimonios como el de Carlos Eduardo López Callejas, alias ‘Caliche’, amigo de infancia de Monsalve. Según su versión, se acercó al testigo por motivación personal para pedirle que grabara un video retractándose. Afirmó que su actuación fue espontánea, sin conocimiento previo de Uribe, a quien le habrían informado después. Pero la jueza encontró incoherencias entre esa supuesta independencia y el momento en que ocurrió el acercamiento.

“Llama la atención que se anhele creer que la relación amistosa (con integrantes del Centro Democrático) se dio justo cuando se hicieron públicas las incriminaciones de Monsalve y que a su vez la colaboración desinteresada de ‘Caliche’ se articuló exactamente con las fechas en que al señor Uribe Vélez se le vencía el término para sustentar el recurso judicial que a la postre culminó en una negativa por parte de la Corte”, aseguró la jueza. 

En el fallo ella establece que la Fiscalía logró demostrar que no solo hubo acercamientos a Monsalve en la cárcel, sino que se acudió a su esfera privada, como su amigo ‘Caliche’, para convencerlo de cambiar su testimonio. Y, además, los testimonios de estas personas defensoras de Uribe cumplen un patrón sistemático: señalan que no conocen de manera directa al expresidente, pero lo respaldan en su “genuino” interés de que se diga la verdad. 

Así lo explica Heredia: “Carece de racionalidad que una persona del común, como Carlos Eduardo López Callejas, con una ubicación geográfica apartada de una posición socioeconómica disímil a la del señor acusado y con un oficio completamente ajeno al ejercicio de la política y el derecho, se adjudique ser cercano a figuras públicas, menos a un expresidente de la República y que por él emprendiera un itinerario por tres ciudades para cristalizar sus motivaciones nacionalistas”.

También consideró paradójico que Callejas ofreciera beneficios que escapaban por completo a su alcance, pero que eran similares a los ofrecidos por otros emisarios: mejoras en las condiciones carcelarias, revisión de la pena, apoyo económico y seguridad para la familia de Monsalve. “Es como si cada frase obedeciera a un libreto que convenía replicar para mantener intacta la inocencia del enjuiciado”, dijo Heredia. 

Juan Guillermo Monsalve no buscó a Uribe 

Aunque el juicio no buscaba determinar si Álvaro Uribe o su familia tenían vínculos con el grupo paramilitar AUC, varios testimonios retomaron ese señalamiento hecho por Juan Guillermo Monsalve, exparamilitar que trabajó en la hacienda Guacharacas. La defensa argumentó que él buscaba acercarse a Uribe vinculándolo con actividades ilícitas. Sin embargo, el propio Monsalve declaró que, años atrás, le envió una carta al expresidente sin recibir respuesta. Uribe, por su parte, negó haberla recibido.

La jueza Sandra Heredia consideró que, si Monsalve realmente hubiera querido buscar un acercamiento con Uribe, habría utilizado vías más cercanas y directas, como su vínculo con la familia Villegas, y no a través de personas como su compañero de celda Enrique Pardo Hasche o su amigo de infancia Carlos Eduardo López Callejas, alias ‘Caliche’.

Heredia señaló que la defensa de Uribe se centró en deslegitimar el testimonio de Monsalve, cuestionando que hubiera sido testigo presencial de Uribe en Guacharacas o que perteneciera a las AUC. Aun así, la jueza consideró que el testimonio de Monsalve no estaba aislado: lo respaldaban documentos, la grabación hecha con el reloj espía, registros de las cámaras de seguridad de La Picota y otras declaraciones.

Además, estableció que las pruebas indican que la búsqueda de Monsalve no fue espontánea, sino que fue motivada por instrucciones que provenían del propio expresidente. Así lo reflejan varias conversaciones entre los implicados, en las que Uribe era referido con expresiones como “el ex”, “el viejito” o “el muy, muy grande”. En una de ellas, ‘Caliche’ le escribió a Monsalve: “Me llegaron de parte del ex”.

Uribe sí dio la orden 

La prueba clave en esta condena fue demostrar que Álvaro Uribe no buscaba esclarecer los hechos ni llegar a la verdad judicial. Por el contrario, quedó probado que fue quien orquestó toda la operación para alterar el testimonio de un testigo en su contra. Según la jueza Sandra Heredia, Uribe actuó como la mente maestra detrás de los acercamientos a Juan Guillermo Monsalve y a otros reclusos, a través de su abogado Diego Cadena, con el único fin de borrar cualquier señalamiento en su contra y atacar a su contradictor político.

Esto quedó evidenciado en varios elementos. Por un lado, las interceptaciones telefónicas en las que Cadena le reporta constantemente a Uribe sus gestiones, como lo confirma una llamada en la que dice: “Ya le puse en conocimiento al presidente, ahora ya me dio instrucciones y ya, mi amor”. En otra llamada, Cadena le relata a Uribe que le propuso a Deyanira Gómez, expareja de Monsalve, una revisión del caso si el exparamilitar accedía a cooperar. La respuesta de Uribe fue: “Hágale”.

Lo mismo se refleja en grabaciones de Carlos Eduardo López Callejas, alias ‘Caliche’, en los que se le escucha narrar: “Me pusieron en altavoz al viejo ahí y dijo: ‘Venga, mijo, ¿será que usted puede entrar y hablar con él y que nos mande un video diciendo que ese señor le está prometiendo cosas, que no le pudo cumplir, que no sé qué, que sí, cuándo y que lo que está hablando él es falso ¿Será que nos puede cumplir con eso?’”.

El 11 de mayo de 2018, ‘Caliche’ menciona una nueva instrucción: “Necesito que hable con el amiguito ese que está allá para que deje tanta habladuría”, atribuyéndola a “el más grande”, en referencia a Uribe. Para la jueza estas pruebas eran lo suficientemente comprometedoras: “Son expresiones que posicionan al señor Uribe Vélez en el centro del huracán como la persona que imprimía el mandato para que Monsalve Pineda variara su versión incriminatoria”. 

Y lo demuestra, a su vez, el intento fallido de la defensa de mostrar a Monsalve como alguien distinto a quien es. Así lo describe Heredia: “Esa construcción teatral del antagonista de la historia disponía de un hombre comunicativo, líder nato, obstinado, embaucador, que ejerciera autoridad en los establecimientos carcelarios, con la potencialidad de engañar a un abogado, un privado de la libertad, un ganadero, una asesora política, un representante de la cámara y hasta un exgobernador, exsenador y expresidente. Pero el casting, para infortunio de la defensa, falló porque el actor que se eligió para interpretar ese papel no cumple con las calidades arrugadas”. 

Finalmente, las grabaciones, las entrevistas, testimonios y demás intervenciones de Juan Guillermo Monsalve dan cuenta, según Heredia, de que es una persona  introvertida, con dificultades para hablar, incluso que no lleva un hilo conductor de su discurso. “Tampoco es verídico lo afirmado por la bancada defensiva, que la aproximación entre las partes devino desde la cárcel La Picota, sino que al contrario, la coreografía criminal emergió por otra vía, que no es otra diferente a la del acusado (Álvaro Uribe) y sus adeptos”, sentenció la jueza. 

Las interceptaciones son válidas 

Una de las pruebas clave del caso contra Álvaro Uribe fueron las interceptaciones telefónicas en las que quedó registrada su comunicación directa con su abogado Diego Cadena. Desde un comienzo, la defensa intentó deslegitimar este material, alegando que las escuchas habían sido obtenidas de mala fe, sin justificación legal y en violación del principio de confidencialidad.

Según los abogados del expresidente, las interceptaciones ocurrieron entre el 7 de marzo y el 9 de abril de 2018. Sin embargo, la jueza Sandra Heredia aclaró que las fechas reales fueron del 12 al 27 de marzo de ese año. Las grabaciones no fueron producto de una orden directa contra Uribe: la vigilancia había sido autorizada para el congresista Nílton Córdoba Mayoma. Fue un investigador quien advirtió que el número interceptado, en realidad, pertenecía a Álvaro Uribe, y en ese momento se suspendió el monitoreo.

Aun así, durante ese breve periodo, las conversaciones entre Uribe y Cadena revelaron posibles actos delictivos. En una de ellas, Uribe se refiere directamente a Juan Guillermo Monsalve: “Que él está muy aburrido porque él mintió, que quiere desmontar eso, que además le prometieron un poco de beneficios. Pero él no ha querido recibir al abogado porque él no está seguro que es el abogado que yo mando. Sí. Ese es el doctor Diego Cadena, yo lo único que necesito es que diga la verdad porque eso es para la Corte Suprema (…) Ahora, si allá hubo paramilitares, que también lo diga, pero que diga la verdad”. 

Aunque no eran útiles para el proceso contra Córdoba Mayoma, sí resultaban relevantes para la investigación preliminar que la Corte Suprema adelantaba contra Uribe. La defensa también alegó que se trataba de una conversación protegida por la confidencialidad entre un abogado y su cliente. Sin embargo, las pruebas presentadas por la Fiscalía indicaron que Cadena aún no ejercía formalmente como defensor del expresidente al momento de las grabaciones. Es decir, su rol profesional comenzó después de las interceptaciones, y por tanto no aplicaba el secreto profesional.

“La abogacía se habría usado como medio para facilitar o encubrir conductas presuntamente delictivas”, advirtió la jueza. Por eso, legitimó su inclusión como prueba y subrayó que la defensa se había esforzado en restarle valor con argumentos que no superaron el estándar probatorio.

“La postura del defensor no tiene otro propósito que desdeñar el material probatorio conseguido a través de lo que la jurisprudencia ha denominado hallazgo imprevisto o hallazgo casual”, dijo Heredia durante la lectura del fallo. Al final, los intentos por excluir las interceptaciones quedaron reducidos a conjeturas y suposiciones que no lograron desvirtuar la validez ni el contenido de las interceptaciones.

Los relojes espía

El 22 de febrero de 2018, en la cárcel La Picota de Bogotá, Juan Guillermo Monsalve se reunió con Diego Cadena, el abogado Héctor Romero Agudelo y su compañero de celda, Enrique Pardo Hasche, quien fue clave para convencerlo de asistir al encuentro. Monsalve llegó con un objetivo: registrar la conversación. Para hacerlo, utilizó un reloj espía que le había sido facilitado por su expareja, Deyanira Gómez, a través del abogado Romero.

La defensa de Álvaro Uribe intentó desacreditar la validez de esta grabación. Alegó que el contenido fue manipulado, mutilado o incluso borrado entre el 23 y 24 de febrero de 2018, que no se respetó la cadena de custodia, que el video no ofrecía una visión panorámica del lugar y que no permitía identificar con claridad a los interlocutores. También cuestionaron la falta de continuidad en la secuencia del registro.

Sin embargo, la jueza Sandra Heredia aclaró que no se trataron de interceptaciones ilegales, como fueron categorizadas, y que solo puede ordenar la Fiscalía. En este caso, fueron pruebas documentales válidas cuando alguien las considera como evidencia para probar hechos relevantes en un proceso judicial. Puntualmente, los ofrecimientos de Diego Cadena a Juan Guillermo Monsalve para que cambiara su testimonio contra Uribe. 

No tendría sentido informarle a los participantes que el diálogo sería filmado (…) pues pasaría de una comunicación de espontánea a controlada”, sentenció la jueza. Aclaró, además, que aunque la grabación no revela los rostros de los participantes, es evidente que se desarrolló en la cárcel La Picota y coincide con las grabaciones proporcionadas por el INPEC. 

La defensa, además, no logró demostrar que las grabaciones hubieran sido alteradas, ni probar que las supuestas irregularidades tuvieran un impacto sustancial en el contenido. Heredia fue contundente al sostener que, aunque la grabación no era del todo nítida, tenía validez jurídica: “Las grabaciones no se obtuvieron violando el derecho a la intimidad ni se realizaron de mala fe. Se adquirieron con la intención de mostrar que a Juan Guillermo Monzalve Pineda presuntamente lo estaban intimidando para cambiar la versión entregada al exrepresentante a la Cámara, Iván Cepeda Castro. Pese a que no son nítidas, son grabaciones válidas, que reflejan lo advertido por Juan Guillermo Monsalve”. 

* * *

Con este fallo, la justicia colombiana no solo condenó a un expresidente; también envió un mensaje firme sobre los límites del poder y la responsabilidad individual frente a la ley.

Pese a que el primer fallo dicta condena por 12 años de prisión domiciliaria, la defensa de Álvaro Uribe ya anunció que apelará la decisión ante el Tribunal Superior de Bogotá, por lo que el proceso continuará en una segunda instancia. Sin embargo, la sentencia de la jueza Sandra Heredia marca un hito: dejó al descubierto una estrategia planificada desde las más altas esferas del poder para manipular la justicia.

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